Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR820C - Expedientes de regulación de empleo-constatación causa de fuerza mayor.
Aquellas empresas que tengan resolución estimatoria, expresa o por silencio, de la autoridad laboral de un ERTE por fuerza mayor de limitación o de impedimiento y quieran comunicar la transición de una situación a otra deberán utilizar el procedimiento TR820V.
El art. 1.2 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial establece que las empresas y entidades que habían contado con un expediente de regulación de empleo deberán comunicar a la autoridad laboral la RENUNCIA TOTAL al ERTE autorizado, en el plazo de 15 días desde la fecha de efectos de aquella. La renuncia total es el cierre del ERTE.
Para facilitar este trámite se deberá comunicar esta renuncia total a través de esta sede electrónica (https://sede.xunta.gal/misede) siguiendo estos pasos:
- acceder al expediente correspondiente del procedimiento TR820C
- seleccionar la opción "Renuncia" en el menú "Acción"
- cubrir el formulario de renuncia indicando en el campo "Motivos de la renuncia" el texto "Comunico la RENUNCIA TOTAL del ERTE autorizado"
- completar la firma y presentación de la renuncia en la sede electrónica
Objeto
¿A quién va dirigido?
Requisitos
- La resolución de la autoridad laboral deberá limitarse, en su caso, a constatar la existencia de la fuerza mayor alegada por la empresa, correspondiendo a esta la decisión sobre la extinción de los contratos o la aplicación de medidas de suspensión de los contratos o reducción de jornada, que surtirán efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor. La empresa deberá dar traslado de dicha decisión a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral.
- Sin perjuicio de lo señalado en el apartado anterior, la resolución de la autoridad laboral que no haya constatado la existencia de fuerza mayor por la empresa podrá ser impugnada por el empresario ante la jurisdicción social.
- Los trabajadores podrán impugnar la decisión empresarial sobre la extinción de contratos o las medidas de suspensión de contratos o reducción de jornada.
A dónde acudir
Xunta de Galicia
Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade
Dirección Xeral de Relacións Laborais
Subdirección Xeral de Relacións Laborais
Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544615
Email: relacionslaborais.emprego@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade
Xefatura Territorial da Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade da Coruña
Servizo de Apoio ao Emprego, Emprendemento e Economía Social da Coruña
Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º - Centro comercial de Elviña
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981185895/ 981185896/ 981185897
Email: stes.ctb.coruna@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade
Xefatura Territorial Da Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade de Lugo
Servizo de Apoio ao Emprego, Emprendemento e Economía Social de Lugo
Ronda da Muralla nº 70 baixo
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294331, 982294329
Fax: 982294258
Email: stes.traballo.lugo@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade
Xefatura Territorial Da Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade de Ourense
Servizo de Apoio ao Emprego, Emprendemento e Economía Social de Ourense
Avda. da Habana, nº 79 - 7ª E
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386402/ 988386815/ 988386401
Xunta de Galicia
Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade
Xefatura Territorial Da Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade de Pontevedra (Vigo)
Servizo de Apoio ao Emprego, Emprendemento e Economía Social de Vigo
Rúa Concepción Arenal, nº 8 - 2º
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817685, 986817009
Email: relacions-laborais.emprego.vigo@xunta.gal
Órgano responsable
Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral
Normativa
Ámbito Estatal
Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. (BOE nº 73 de 18 de marzo de 2020)
Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. (BOE nº 86 de 28 de marzo de 2020)
Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada (BOE nº 261, de 30 de octubre de 2012).
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE nº 255, de 24 de octubre de 2015).
Ámbito Autonómico
Orden de 31 de marzo de 2020 por la que se acuerda la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, tramitados por la Secretaría General de Empleo así como por las respectivas jefaturas territoriales en función de los respectivos ámbitos territoriales de afectación (DOG nº 65 de 2 de abril de 2020).
Orden de 31 de julio de 2015 por la que se adaptan y se incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Trabajo y Bienestar (DOG nº 146 del 4 de agosto de 2015).
Aquellas empresas que tengan resolución estimatoria, expresa o por silencio, de la autoridad laboral de un ERTE por fuerza mayor de limitación o de impedimiento y quieran comunicar la transición de una situación a otra deberán utilizar el procedimiento TR820V.
El art. 1.2 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial establece que las empresas y entidades que habían contado con un expediente de regulación de empleo deberán comunicar a la autoridad laboral la RENUNCIA TOTAL al ERTE autorizado, en el plazo de 15 días desde la fecha de efectos de aquella. La renuncia total es el cierre del ERTE.
Para facilitar este trámite se deberá comunicar esta renuncia total a través de esta sede electrónica (https://sede.xunta.gal/misede) siguiendo estos pasos:
- acceder al expediente correspondiente del procedimiento TR820C
- seleccionar la opción "Renuncia" en el menú "Acción"
- cubrir el formulario de renuncia indicando en el campo "Motivos de la renuncia" el texto "Comunico la RENUNCIA TOTAL del ERTE autorizado"
- completar la firma y presentación de la renuncia en la sede electrónica
Plazo
Plazo de presentación: ABIERTO
Documentación para la presentación
- Solicitud según el Anexo I.
- Los medios de prueba que se estimen necesarios para acreditar la causa de fuerza mayor.
- Copia de la comunicación de la presentación de la solicitud a los representantes legales de las personas trabajadoras.
- Relación nominal de las personas trabajadoras afectadas (según modelo anexo II).
- Copia de la documentación que acredite la legitimación de la persona que
presenta la solicitud (copia de las escrituras).
¿Cómo puedo?
+¿Cómo puedo? Presentar una solicitud
Prepare la información y los documentos a aportar
Inicie el trámite electrónico e identifíquese
Cubra el formulario
Anexe los documentos
Firme la solicitud
Descargue el justificante
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan. Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima un archivo electrónico de cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
¿Cómo puedo? Presentar documentación de gran tamaño
Prepare la documentación a aportar
Compruebe el tamaño de los archivos electrónicos
Presente electrónicamente los documentos de tamaño inferior a 50 MB
Presente presencialmente los archivos que superen los 50 MB
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .hexhash, .inp, .jpg, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .tgd, .kmz, .kml y .gpx
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Aquellas empresas que tengan resolución estimatoria, expresa o por silencio, de la autoridad laboral de un ERTE por fuerza mayor de limitación o de impedimiento y quieran comunicar la transición de una situación a otra deberán utilizar el procedimiento TR820V.
El art. 1.2 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial establece que las empresas y entidades que habían contado con un expediente de regulación de empleo deberán comunicar a la autoridad laboral la RENUNCIA TOTAL al ERTE autorizado, en el plazo de 15 días desde la fecha de efectos de aquella. La renuncia total es el cierre del ERTE.
Para facilitar este trámite se deberá comunicar esta renuncia total a través de esta sede electrónica (https://sede.xunta.gal/misede) siguiendo estos pasos:
- acceder al expediente correspondiente del procedimiento TR820C
- seleccionar la opción "Renuncia" en el menú "Acción"
- cubrir el formulario de renuncia indicando en el campo "Motivos de la renuncia" el texto "Comunico la RENUNCIA TOTAL del ERTE autorizado"
- completar la firma y presentación de la renuncia en la sede electrónica
Resolución
Plazo de resolución:
-5 días.
-10 días para los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor que tengan su causa directa en pérdidas de actividad a consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, segundo el indicado en la ORDEN de 31 de marzo de 2020 por la que se acuerda la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor que tengan su causa directa en pérdidas de actividad a consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, tramitados por la Secretaría General de Empleo así como por las respectivas jefaturas territoriales en función de los respectivos ámbitos territoriales de afectación (DOG Nº 65 de 2 de abril de 2020).
Sentido del silencio:
Positivo
¿Cómo puedo?
+Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
¿Cómo puedo? Responder a un requerimiento de enmienda
Prepare la información y los documentos a acercar
Inicie el trámite electrónico
Cubra el formulario de enmienda
Anexe los documentos requeridos
Firme el formulario
Descargue el justificante
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
¿Cómo puedo? Aportar documentación justificativa
Prepare la información y los documentos a aportar
Inicie el trámite electrónico
Cubra el formulario
Anexe los documentos requeridos
Firme el formulario
Descargue el justificante
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
¿Cómo puedo? Consultar y gestionar mis expedientes
Acceda a su espacio personal
Sus procedimientos y borradores
¿Qué puedo hacer?
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"